Son atribuciones del Tesorero del Consejo Directivo:
- I. Recaudar los fondos de El Colegio;
- II. Solicitar a los miembros de El Colegio el pago oportuno de las cuotas acordadas, extendiéndoles el recibo correspondiente;
- III. Informar mensualmente al Consejo Directivo, respecto de los miembros de El Colegio que no hayan enterado las cuotas correspondientes o tengan adeudos con el mismo, a efecto de que éste resuelva lo conducente;
- IV. Efectuar las erogaciones a cargo de El Colegio, previo acuerdo del Presidente;
- V. Supervisar la contabilidad de El Colegio;
- VI. Presentar, anualmente, un balance general del movimiento de fondos; y
- VII. Las demás que le confieran el Consejo Directivo y su Presidente.
El Tesorero remitirá a los Secretarios del Consejo Directivo, dentro de los primeros quince días de cada mes, el informe a que alude la fracción IV, del artículo 42 de los presentes Estatutos, a fin de que éstos exhorten a los miembros morosos a ponerse al corriente en el pago de cuotas, en un plazo no mayor a quince días. Vencido ese plazo, se dará vista al Consejo Directivo a efecto de que éste resuelva lo conducente.
Actividades e informes
9 agosto, 2017
En el Colegio de Ingenieros Civiles del Estado de México A.C. se llevó a cabo la ponencia del tema de los Directores Responsables de Obra y […]